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La gran mayoría de jueces y fiscales no tienen formación en SAP y al estar adoctrinados por el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado en el negacionismo del SAP,  toman decisiones erróneas de muy graves consecuencias para los menores maltratados psicológicamente ( SAP) y para sus padres o madres rechazados u odiados patológicamente por sus hijos.

Es preocupante y alarmante el comportamiento de muchos fiscales y jueces quienes, teniendo la obligación de evitar tamaña crueldad – maltrato psicológico a un menor-, prefieren seguir las guías de actuación que les facilita el CGPJ – 2008, 2013 y 2016- y la Fiscalía General del Estado – la última, noviembre de 2022- acerca del negacionismo del SAP. Es decir, que cuando un progenitor alegue en un proceso judicial que su hijo está siendo sometido a una dinámica de alienación parental, miren para otro lado. Consolidando con dicho comportamiento la alienación parental.

Llevo casi veinticinco años dirigiendo casos de alienación parental y les aseguro que estos comportamientos no son anecdóticos, sino que es práctica habitual en los jueces y fiscales españoles  no investigar los asuntos de SAP y en consecuencia hacen a los menores ajenos a su padre o madre de por vida. 

De entre los motivos absurdos e irracionales que dan origen a procedimientos para suspender un régimen de visitas, me encuentro con los siguientes argumentos de los menores: “ Que sufro gastroenteritis  cuando estoy con el padre”; – menor de 9 años- “ que me da comida caducada al igual que sus abuelos” – menores de 9 y 11 años-;  “ tiene la casa sucia y huele mal”,  “  me obligan a dejar las mochilas en el pasillo”; “ me pone películas de bichos” – menores de 12 años-; “ me lleva a sitios que no me gusta”; “  le tengo miedo” – sin objetivarse el miedo-; “  me pega” – sin objetivarse ninguna forma de maltrato por parte del progenitor”; “ quiere al perro y a mí no me hace nunca caso”; “ me obliga a ponerme pañales” – menor con 12 años-; “ que invade mi intimidad”; “ que le odio” – sin objetivarse motivos de odio, sino todo lo contrario, se objetiva amor en la relación paternofilial-, etc…. También me encuentro con progenitoras que hacen creer falsamente a sus hijos que su padre abusa sexualmente de sus propios hijos – bala de plata-. 

Soy testigo directo de que con estos argumentos absurdos e irracionales, multitud de  tribunales españoles suspenden el régimen de visitas paternofilial y/o lo acuerdan en un Punto de Encuentro y con ello destruyen como iré revelando en posteriores publicaciones, las relaciones de amor paternofilial sin ningún escrúpulo. Y lo que es peor aún si cabe, que cuando les muestro a los jueces – también a los fiscales- los errores que han cometido, en vez de pedir disculpas al menor alienado y al justiciable por el daño causado y enmedar sus errores,  adoptan un comportamiento soberbio y despótico – ajeno al juramento que en su día hicieron a la Constitución Española-, lo cual les convierte en cómplices del progenitor alienador, el cual se ve amparado por resoluciones arbitrarias y en muchas ocasiones prevaricadoras. 

Las medidas tan drásticas de suspender un régimen de visitas o llevarlo a cabo en un Punto de Encuentro, obedecen a tres razones: 

1º.- Ignorancia absoluta e inexcusable de jueces, magistrados y fiscales en materia de Alienación Parental

Nuestros jueces y fiscales, tienen el deber de ciencia, porque no es juez o fiscal el que llega por oposición sino el que se forma con el estudio diario del Derecho. Y dentro del deber de ciencia deben formarse en Alienación Parental.

2º.- Jueces y fiscales afines a la ideología de género. Ideología – falsa- que intenta hacer creer con falacias e imposturas, que el Síndrome de Alienación Parental no existe, que no tiene aval científico, que es una ciencia basura, que surgió en el seno de teorías pederastas, que es un invento neomachista para maltratar a las mujeres y que sirve para encubrir el incesto. 

Los jueces y fiscales afines a esta ideología de género desobedecen de manera consciente la Constitución española – art. 39 y 10.2 en relación al artículo 8 del Convenio Europeo de derechos Humanos: La alienación parental constituye una violación del derecho humano al respeto a la vida privada y familiar. Hacer a un menor ajeno a su padre o a su madre viola el derecho humano del progenitor que establece el artículo 8 CEDH.

3º.- Jueces dóciles y obedientes con el sistema políticamente correcto, que aún sabiendo que la Alienación Parental es un drama humano, no se atreven a aplicar de manera contundente la ley, por miedo a las represalias  que pueden sufrir y que la explico detalladamente en el Volumen II de mi obra. 

Adentrándome ya en la pregunta de este artículo, de los últimos casos que estoy dirigiendo y que está conociendo un Juzgado de familia de Madrid, la magistrada  titular de esta juzgado cometió hace un año  un grave error acordando la suspensión del régimen de visitas paternofilial para llevarse a cabo en un Punto de Encuentro, basándose para ello en que la casa de mi cliente está sucia, que la menor ha tenido gastroenteritis cuando están con su padre y porque la niña dice que el padre y los abuelos paternos le dan comida caducada, que a veces le pega y se siente incómoda en las visitas. Extremos no acreditados por la progenitora alienante.

 Error que está pagando la menor, quien cada vez se encuentra más ajena a su padre  (  rechazo paternofilial) y error que también está pagando mi cliente – también la familia extensa a este-, a quien por una toma de decisión judicial equivocada – bien por ignorancia inexcusable, bien por ideología política de género, bien por cobardía-, está perdiendo a su hija día a día. Y es un error la toma de esta decisión judicial, porque es de sobra conocido para los que tenemos formación y cualificación en Alienación Parental que, cuando hay síntomas de manipulación paterna o materna, la suspensión de un régimen de visitas o el establecimiento de un régimen de visitas restringido o progresiva está totalmente contraindicado, independientemente del grado de manipulación – leve/moderado/severo- en el que se encuentren los menores mediatizados. 

También es otro error retirar las pernoctas. En la mayoría de las circunstancias, eliminarla y reducir las visitas con el progenitor excluido a encuentros diurnos resulta en cierto un modo ridículo, especialmente cuando se argumenta dicha opción por tratarse de un progenitor que supuestamente ha maltratado a sus hijos – en este caso es falsa la acusación de maltrato-. Según esta lógica, la menor pueden disfrutar con el padre unas horas desde la mañana hasta el anochecer – en el Punto de Encuentro unas horas insignificantes-, pero atenta contra el bienestar físico y psicológico que transcurra una media de ocho horas nocturnas, durante las que la relación paterno-filial en realidad se reduce al mínimo por tratarse de las horas de sueño. El beneficio de las pernoctas para los menores radica precisamente en la inmersión en el ambiente de este núcleo familiar que le es propio y ampliamente conocido, pues se trata de un progenitor, en este caso mi cliente, con el que ya ha convido en el pasado de manera normalizada.

Más absurdo y contraproducente si cabe es proponer un Punto de Encuentro para menores alienados en grado severo, pues su fobia al progenitor y el tiempo que habrán pasado sin verlo ni contactar con él hace que este tipo de menores no lleguen ni tan siquiera entrar en el Centro, o cuando lo hacen, a menudo se limitan a “ pisar” el suelo para alegar que han estado allí, Ej: “ porque el juez me obliga”. Sin embargo, su rechazo es tal que se marchan inmediatamente sin que los profesionales del Punto de Encuentro puedan hacer nada. 

Ni este tipo de centros ni ningún otro, ya sea público o privado, sirve para reparar la relación paternofilial deteriorada por una dinámica de alienación.  Ya he indicado que la única medida que puede reparar la relación parental, de forma breve en el tiempo ( más de lo que puedan imaginarse) y eficaz, es el contacto prolongado entre el niño alienado y el padre excluido. Esta debe ser la propuesta en casos de SAP independientemente del tiempo de incomunicación que haya existido. 

A los que ocultan la realidad de lo que cuento, les digo que las injusticias cambian de víctimas con increíble rapidez y puede que un día les toque sufrirlas a ellos, si no le hay tocado ya. 

Esteban Bastida Martín.

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ISBN 978-84-19304-02-5

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